En esta encrucijada solo hay dos soluciones, o tres: o reducimos gastos o subimos los ingresos; o ambos a la vez. Recuperar el gravamen del Impuesto de Patrimonio puede contribuir a mejorar el equilibrio fiscal y al mantenimiento de servicios esenciales como la educación y la sanidad. La bonificación estatal del 100 por cien -que no eliminación de la exacción de este tributo-, con efectividad desde el 1 de enero de 2009, tenía como objetivo ayudar a las familias y a las empresas con un estímulo fiscal de 1.800 millones de euros para de esta forma dinamizar el consumo y hacer frente a la recesión económica.
La realidad, sin embargo, es tozuda, y a pesar de lo que aconsejan los principios neoliberales, no se produjo ni una cosa ni otra: ni se dinamizó el consumo, ni se contribuyó a mejorar el déficit público. Lo que demuestra que en épocas de crisis la actitud de las familias y las empresas ante el consumo es inelástica frente a la bajada y la supresión de impuestos. En este caso optan por ahorrar, por lo que pueda venir.
El Impuesto de Patrimonio es una figura tributaria controvertida. Hay argumentos a favor y en contra del impuesto. Países como Francia, Noruega o Suiza lo tienen en vigor, mientras otros como Alemania, Dinamarca o Italia lo han suprimido.
En el momento actual en nuestro país, el Impuesto de Sociedades puede contribuir a equilibrar las cuentas públicas, generar unos efectos sociales positivos al reducir la desigualdad y afrontar de forma más equitativa la crisis, y dinamizar la actividad económica. Para ello es necesario que recaiga sobre las grandes fortunas y no sobre las clases medias, como venía ocurriendo en nuestro país desde su puesta en funcionamiento en 1977; y que, a su vez, permita de una forma objetiva mejorar la fiscalidad de los patrimonios afectos a la actividad económica.
El anuncio de Rubalcaba de “pedir al Gobierno que apruebe el impuesto a los patrimonios más grandes antes de que concluya la legislatura” es, a todas luces, una decisión acertada por las razones expuestas, mucho más si el impuesto pierde su naturaleza autonómica para pasar a ser estatal. Una garantía de uniformidad y neutralidad en su aplicación en todo el territorio nacional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario